¿Se pueden recuperar las comisiones por impagos o gastos de reclamación de posiciones deudoras?

¿Se pueden recuperar las comisiones por impagos o gastos de reclamación de posiciones deudoras?
Facebook Twitter Flipboard E-mail

De entrada, y antes de seguir, veamos que son y así entender que clase de comisiones podemos reclamar al banco. Son las comisiones que bancos, cajas de ahorro y entidades expendedoras de tarjetas de crédito cargan en la cuenta del cliente por avisarles que en la cuenta hay unos euros de descubierto o que ha pasado el día de vencimiento de una deuda (cuota de préstamo o tarjeta) sin ser satisfecha. ¿Son legales o ilegales?

Pues depende, y mucho, de las actuaciones que hayan hecho las entidades para avisar al cliente deudor y una carta en la mayoría de los casos, y encima de correo ordinario avisándote de que te quitan de la cuenta 30/40 euros no es ético para el Banco de España. Para eso están ya los gastos de demora y los intereses de ese dinero que ya te cobran, pero hacerte pagar por una reclamación inexistente es ilegal y se pueden reclamar.

¡Cuidado!, publicamos esta oferta hace más de dos semanas, y el precio puede haber cambiado. Para no perderte ninguna oferta, suscríbete a nuestro Telegram, Twitter o síguenos en Facebook con Compradicción (con todas las ofertas) y Compradicción Lifestyle (solo con las ofertas de Moda, Belleza, Deco, Deportes y Bebés) y las recibirás en cuanto las descubramos.

Ver últimas ofertas de otros »

El Banco de España es claro en este tema:


“Esta comisión constituye una práctica bancaria habitual, que tiene por objeto el cobro de los costes en que ha incurrido la entidad, al efectuar las reclamaciones necesarias para la recuperación de los saldos deudores de su(s) cliente(s). […] es criterio del Servicio de Reclamaciones esta comisión solo puede ser posible si, se acredita que: – Su devengo está vinculado a la EXISTENCIA EFECTIVA de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador). – (…) Además, y como criterio adicional, se considera que la aplicación automática de dicha comisión no constituye una buena práctica bancaria.”

Y pensarás, pero esto lo firmé en las escrituras ante notario, si pero pone reclamación ¿verdad?, ¿te las han reclamado FEHACIENTEMENTE vía telegrama o Burofax?

Reclámalas a tu entidad siempre en Atención al cliente y por escrito, si en dos meses no te hacen caso pon tu queja en el Banco de España siguiendo bien los pasos a seguir (ver enlaces) y a esperar que se pronuncie. Aunque luego el Banco de España se pronuncie con un dictamen no vinculante es un gran paso para ir al juzgado.

Imagen | sergis blog Cláusulas leónidas | COMISIONES POR IMPAGOS O GASTOS DE RECLAMACIÓN DE POSICIONES DEUDORAS ¿QUÉ SON? Cláusulas leónidas | LAS COMISIONES POR POSICIONES DEUDORAS SON RECUPERABLES EN EL 95% DE LOS CASOS En Ahorro diario | No pagues comisiones de descubierto

Comentarios cerrados
Inicio